Un juzgado inadmite una conciliación porque “no hay acuerdo previo”

¿Conciliación inadmitida porque no había acuerdo previo? Increíble pero cierto: un juzgado ha rechazado un expediente de conciliación civil alegando que “no se expresa el acuerdo que se pretende alcanzar”.

Esto no solo confunde el marco legal (citan erróneamente el art. 139 LEC, que ni aplica), sino que ignora la nueva LO 1/2025, que impulsa los MASC como vía legítima antes del juicio.

Exigir que una conciliación venga ya “resuelta” es como pedir que una mediación llegue mediada. Un sinsentido.

Desde ADEVI seguimos defendiendo el uso riguroso de los MASC, por un sistema de justicia más accesible y eficaz.